Al presentarse el servidor público en las instalaciones de la empresa (inspector,
auditor, verificador o cualquier otra denominación con al que se le conozca u
ostente), independientemente de la autoridad a quien este representando, se
sugiere tomar en cuenta las siguientes recomendaciones:
1.- Que sea atendido en primera instancia por el Gerente General o el Gerente
de Administración o él apoderado para actos de administración.
2.- Revisar que la acreditación oficial del inspector este vigente y haya sido
emitida por la autoridad a quien representa. (Si se tiene duda al respecto,
comunicarse telefónicamente con la delegación correspondiente).
3.- Verificar que la orden de inspección contenga: la razón social exacta de la
agencia a quien va dirigida, la fecha de su emisión; el nombre del servidor
público comisionando exactamente igual al de su identificación; el objeto,
alcance y rubros que comprenderá la visita; que este fundada y motivada
legalmente (es decir, que se indiquen los artículos de las diferentes
disposiciones legales que dan sustento para a llevar a cabo la inspección y
porque motivo se pretende realizar); y nombre y firma del funcionario público
con facultades para emitir el documento.
4:- Designar dos testigos de asistencia.
Dependiendo de la naturaleza de la inspección que se vaya llevar a cabo,
además del funcionario de la distribuidora que haya atendido inicialmente al
servidor público, solicitar la presencia del o los responsables de las áreas
involucradas. En materia ambiental es aconsejable que estén los responsables
de las áreas de servicios y administrativa.
5.- La inspección se debe circunscribir exclusivamente a las áreas y/o
documentos y/o actividades especificados en la orden.
6.- Quien aporte la información requerida, deberá de tener pleno conocimiento
de la misma, procurando ser muy puntual en lo que se entrega, sin nada más
que lo solicitado.
7.- De las eventuales observaciones o hallazgos, de tener todos los elementos
necesarios, procurar al hacer uso de la palabra, realizar las manifestaciones
correspondientes para su solventación, en caso contrario, reservarse el
derecho para hacerlo valer posteriormente ante la autoridad competente,
presentando por escrito sus argumentaciones respecto de los hechos asentados en el acta con las pruebas respectivas y acreditando la personalidad
del representante legal compareciente
8.- Firmar el acta respectiva en todas y cada una de sus hojas.
9.- Abstenerse de dar cualquier tipo de estimulo.
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asehprocac (martes, 03 septiembre 2013 04:51)
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